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El Gobierno aprueba los nuevos decretos de vivienda con 10.000 millones para facilitar la compra de la primera casa

Sánchez anuncia una línea de préstamos de hasta 50.000 euros y medidas fiscales para aliviar el coste del alquiler y fomentar los arrendamientos asequibles

ONDA REGIONAL
06 OCT 2026 - 13:18
El Gobierno aprueba los nuevos decretos de vivienda con 10.000 millones para facilitar la compra de la primera casa
Pedro Sánchez tras la reunión del Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes los dos reales decretos ley de vivienda con incorporaciones "muy positivas" que mantienen la esencia de los que decayeron el pasado viernes, según ha anunciado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Tras la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre, Sánchez, que ha comparecido este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ha indicado que como novedad, el Gobierno incorpora una línea de financiación dotada de 10.000 millones de euros con préstamos de hasta 50.000 euros para quienes quieren adquirir su primera vivienda.

En conjunto, son 21 medidas que, según ha recalcado, van a facilitar el acceso a la vivienda y también a la compra, permitiendo por ejemplo a los inquilinos desgravarse parte de lo que pagan del alquiler en su declaración de la renta (unos mil euros en el caso de alquileres de 800 euros mensuales) o dando incentivos fiscales a los pequeños propietarios que alquilen su casa a precios asequibles.

Entre las principales novedades figura una línea de financiación de 10.000 millones de euros en préstamos de hasta 50.000 euros a interés cero para quienes quieran adquirir su primera vivienda. Aunque la cuantía máxima de los préstamos ya se conocía, la novedad es el importe total destinado a esta línea.

El decreto también introduce cambios en relación con la compra especulativa por parte de los denominados «fondos buitre». El límite temporal pasa de 2028 a 2030 y se centra fundamentalmente en fondos que adquieren viviendas a precio de saldo, grandes propietarios y sus filiales, 

En materia de desahucios por impago del alquiler, la medida contempla que, cuando una familia no pueda hacer frente a la deuda y no disponga de una alternativa habitacional, la Administración sufrague la deuda y las costas judiciales, según ha señalado Díaz.

Ayudas a la Construcción y a la vivienda social

El paquete de medidas contempla también 280 millones de euros en avales para fomentar la construcción industrializada de vivienda y otros 400 millones de euros destinados a ayudar a los proveedores de vivienda social.

Además, está previsto incorporar a Casa 47 «miles» de inmuebles pertenecientes a la Seguridad Social que puedan destinarse a vivienda.

Otras medidas del real decreto que decayó

Esa iniciativa incluía medidas de protección frente a los desahucios de personas vulnerables y sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030.

También establecía que los inquilinos con contratos de alquiler vigentes hasta el 31 de diciembre de 2028 podrían solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años adicionales, por periodos anuales y en las mismas condiciones.

En cuanto a los alquileres de temporada, los contratos deberían especificar la causa que motiva el desplazamiento temporal del arrendatario. La duración se pactaría entre las partes, aunque tendría que ser superior a 31 días y no podría superar los 12 meses.

El texto también regulaba el alquiler por habitaciones o por estancias. En estos casos, la suma de todas las rentas no podría superar la cantidad que se pagaría por alquilar la vivienda completa.

En materia de viviendas turísticas, los pisos destinados a este uso durante un periodo inferior a un mes —30 noches— tendrían un régimen fiscal específico, con un IVA del 10 %.

Además, en el caso de viviendas residenciales destinadas a alojamientos turísticos, los ayuntamientos podrían establecer un recargo de hasta el 50 % en el IBI. Este recargo podría alcanzar el 100 % para propietarios con cuatro o más inmuebles destinados a uso turístico.

Cambios en el IRPF y el IBI

El decreto contemplaba también modificaciones fiscales para los propietarios. Si el arrendador redujera la renta a su inquilino en más de un 5 %, podría deducirse en el IRPF la totalidad de los ingresos obtenidos, frente a la mitad que se contemplaba hasta ahora.

Por el contrario, la deducción podría quedar reducida hasta el 15 % si el propietario renovara el contrato al inquilino con una subida superior al 20 %.

La vivienda protegida de forma permanente o indefinida pasaría a tener un IVA superreducido del 4 %.

También se planteaba elevar del 15 % al 25 % el gravamen sobre los beneficios de las socimis cuando estos procedieran del alquiler de viviendas.

Por otra parte, los ayuntamientos podrían establecer recargos en el IBI de hasta el 150 % para propietarios de dos o más viviendas que hubieran permanecido vacías durante más de tres años.

La prórroga automática de los alquileres

El texto de la prórroga automática de los contratos de alquiler, defendido por Sumar y el Sindicato de Inquilinas, establecía que, cuando un arrendador no quisiera prorrogar el contrato, debería indemnizar al inquilino con una cantidad equivalente a 12 mensualidades de renta de una vivienda similar.

La indemnización se calcularía conforme al sistema estatal de referencia de precios de alquiler de vivienda y, en ningún caso, podría ser inferior a una mensualidad de renta por cada año de residencia en la vivienda.

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