El tribunal exonera a la empresa propietaria de los terrenos al no apreciar nuevos vertidos, aunque mantiene la obligación de descontaminar; los vecinos recurrirán por supuesta vulneración de derechos fundamentales
La Audiencia Provincial archiva la causa penal por los suelos contaminados de Torreciega y descarta delito contra el medio ambiente. La sala desestima el recurso de la asociación de vecinos pero subraya que persiste la obligación de descontaminar y abre la puerta a responsabilidades administrativas o civiles. Los vecinos anuncio recurso por vulneración de derechos fundamentales.
La sección quinta de la Audiencia cierra así la vía penal contra la empresa Cartagena Parque, propiedad de Tomás Olivo y entiende que no hay indicios para atribuirle delitos contra el medio ambiente. Señala el fallo que la mercantil compró los terrenos en 2018 cuando ya habían sido declados contaminados, que después de eso no se produjeron vertidos y que el nuevo dueño asumió la obligación de descontaminarlos.
La sentencia reconoce que los vecinos tienen derecho a la protección de su salud y a disfrutar de un medio ambiente adecuado, pero no es en la jurisdicción penal, dice el juzgado, donde deben exigirse y adoptarse esas medidas de protección. El abogado de la asociación de vecinos, José Manuel Muñoz, discrepa del fallo y se muestra indignado con el argumento de que no se ha acreditado el daño.
Por su parte el director general de Medio Ambiente dice que la sentencia da vía libre al Gobierno regional para exigir la descontaminación definitiva de los terrenos de Zinsa que, hasta la fecha, solo ha retirado una parte de los residuos.