La Gran Sala rechaza que la norma vulnere la legislación comunitaria en los casos sobre malversación y terrorismo planteados por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional
La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves la Ley Orgánica de Amnistía, al concluir en dos sentencias que la norma es compatible con el Derecho de la Unión Europea y que no vulnera la legislación comunitaria en los asuntos relacionados con la responsabilidad contable por el 'procés' ni con las investigaciones por terrorismo contra los Comités de Defensa de la República (CDR).
El alto tribunal europeo responde así a dos de las cuatro cuestiones prejudiciales planteadas por órganos judiciales españoles. En concreto, resuelve las dudas formuladas por el Tribunal de Cuentas, en relación con el uso de fondos públicos durante el proceso independentista catalán, y por la Audiencia Nacional, respecto a la aplicación de la amnistía a la causa abierta contra varios miembros de los CDR por presuntos delitos de terrorismo.
En sus resoluciones, el TJUE considera que la ley no afecta a los intereses financieros de la Unión Europea ni contradice la normativa comunitaria sobre la lucha contra el terrorismo. Además, el tribunal recuerda que la finalidad de la norma, según expone el legislador español, es favorecer la normalización institucional, política y social en Cataluña, un objetivo que, por sí mismo, no resulta incompatible con el ordenamiento europeo.
Las sentencias siguen la línea marcada el pasado mes de noviembre por el abogado general del TJUE, Dean Spielmann, cuyo dictamen —no vinculante— ya descartó que pudiera hablarse de una "autoamnistía" o que existiera un vínculo suficiente entre los gastos del procés y un perjuicio para el presupuesto de la Unión Europea.
No obstante, el pronunciamiento de Luxemburgo no implica la aplicación automática de la amnistía a todos los afectados. Serán ahora los tribunales españoles los que deberán resolver cada procedimiento concreto teniendo en cuenta los criterios fijados por el TJUE. Entre los casos pendientes figura el del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, cuya situación judicial continúa dependiendo de las decisiones que adopte el Tribunal Supremo en aplicación de la ley.
La decisión supone uno de los pronunciamientos europeos más relevantes sobre la Ley de Amnistía desde su entrada en vigor y despeja las dudas sobre su compatibilidad con el Derecho de la Unión en los dos primeros procedimientos examinados, aunque aún quedan pendientes otras cuestiones prejudiciales elevadas por tribunales españoles.