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Crimen de La Puebla: los forenses dicen que la víctima estaba viva cuando fue quemada

Un agente de la Guardia Civil que analizó el coche en el murió carbonizado su dueño ha dicho, en calidad de perito, que hubo dos puntos de origen del fuego, lo que permite deducir que fue intencionado

AGENCIAS
16 ENE 2025 - 16:35
Crimen de La Puebla: los forenses dicen que la víctima estaba viva cuando fue quemada
Un momento de la sesión del juicio celebrada este martes en la sección quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena. Foto: OR

El vecino de La Puebla (Cartagena) que murió carbonizado en el interior de su coche en agosto de 2021 se encontraba aún con vida, tras haber sido golpeado y atropellado, cuando se prendió fuego al vehículo.

A esa conclusión llegaron los médicos forenses que realizaron la autopsia al cadáver y que han intervenido este jueves en la sexta sesión del juicio que se desarrolla en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, contra una mujer y un hombre que están acusados del asesinato del anterior novio de ella.

Los peritos han destacado que aunque su trabajo estuvo muy limitado debido a que el cadáver era prácticamente un esqueleto, con pérdida casi total de las partes blandas, sí obtuvieron pruebas bastantes para poder decir que la víctima murió a consecuencia de la inhalación de monóxido de carbono y por las quemaduras.

Han declarado asimismo que el estudio de los restos óseos les permitió descubrir que presentaba la fractura de una vértebra, compatible con el atropello que presuntamente sufrió antes del incendio, lesión que debió limitar e incluso impedir su movilidad.

Los peritos han sido concluyentes al recalcar que “se quemó a una persona, no un cadáver”, para añadir que no se puede precisar en qué situación se encontraba cuando fue introducido en su propio coche y sentado en el asiento trasero antes de prender fuego al coche y, en consecuencia, qué es lo que le impidió no poder salir del mismo.

También han declarado que los acusados, cuando fueron examinados tras el crimen, presentaban lesiones leves, compatibles con algún forcejeo o con haber dado un puñetazo, en el caso concreto de él.

En cuanto al estado mental de los acusados, han explicado, en cuanto a Agustín M., que padece un retraso leve, que no anula sus facultades volitivas e intelectivas y que, en consecuencia, es responsable de sus actos.

Han añadido que está limitado para decisiones complejas, pero no para las sencillas, como pueden ser las de agredir a otra persona o darle muerte, cuya gravedad es tan evidente que no puede desconocer sus consecuencias y resultados.

En cuanto a la acusada, Natalia M., los peritos son concluyentes al decir que no sufre trastorno alguno y que sabe distinguir entre el bien y el mal, sobre todo, cuando se trata de hechos tan graves como los que se juzga, para añadir que se desconoce si cuando se cometió el crimen se encontraban bajo los efectos del consumo de sustancias tóxicas que afectaran a su voluntad.

Guardia Civil: "Hubo dos puntos de origen del fuego"

Un agente de la Guardia Civil que analizó el coche en el que murió carbonizado su dueño en el conocido por el crimen de La Puebla ha dicho este jueves al intervenir como perito en el juicio que hubo dos puntos de origen del fuego, lo que permite deducir que fue intencionado. Este agente ha señalado que uno se encontraba en la rueda delantera derecha y el otro, dentro del coche, a los pies de la víctima.

El perito ha añadido que el vehículo tiene muchos elementos combustibles y que según sus cálculos, el de este caso debió quedar destruido por las llamas en menos de hora y media. También ha explicado que resulta imposible determinar si esos dos focos del incendio fueron causados por una misma persona o por dos.

En el juicio ha declarado igualmente como perito una agente de la Benemérita que ha señalado que no detectaron la utilización de acelerantes de la combustión.

Por su parte, las dos agentes del mismo cuerpo que realizaron otra prueba pericial han añadido que en los diversos objetos y prendas que les fueron enviados para su análisis encontraron los perfiles genéticos de los acusados y del fallecido.

La vista oral es la repetición de otra que concluyó con la condena a 20 años de cárcel a cada acusado, por los delitos de asesinato, detención ilegal y daños, y que fue anulada por errores e irregularidades en el objeto del veredicto.

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